La Xunta publica en el DOG la ley que prohíbe a menores comprar y consumir vapeadores y bebidas energéticas

Bebida energética
photo_camera La ley entrará en vigor el 7 de marzo
La norma equipara los vapeadores al tabaco y las bebidas energéticas al alcohol, y entrará en vigor el 7 de marzo

La Xunta de Galicia publicó hoy en el Diario Oficial de Galicia la Lei 6/2025, do 23 de decembro, de protección da saúde das persoas menores e prevención das condutas adictivas, con la que Galicia se sitúa como la primera comunidad de España en vetar la venta y el consumo de vapeadores y bebidas energéticas a menores de edad, al establecer para ambos productos el mismo marco de restricciones que para tabaco y alcohol. La entrada en vigor está prevista a los dos meses de su publicación, el 7 de marzo.

En el ámbito del tabaco, la ley prohíbe la venta y el consumo de cigarros electrónicos a menores, incluso cuando no contengan nicotina, y amplía la prohibición de fumar a los accesos de centros de la administración pública, educativos y sanitarios, en un radio de 50 metros. También se incluye la prohibición de fumar en marquesinas de transporte público y en piscinas de uso público, con el objetivo de reducir la exposición al humo.

En cuanto a las bebidas energéticas, la norma fija el umbral a partir de 32 mg o más de cafeína por cada 100 ml y obliga a los establecimientos a ubicarlas en un espacio separado respecto a los refrescos. Además, limita la publicidad de bebidas alcohólicas y energéticas en la vía pública en un radio de 100 metros de centros docentes y de centros de acogida y protección de menores, e introduce la posibilidad de sustituir sanciones por programas preventivos o asistenciales, entre otras medidas.